Adicionalmente ofrecemos los siguientes servicios
Defensa jurídica en procedimientos de responsabilidad administrativa
¿Te notificaron el inicio de un procedimiento de responsabilidad administrativa y no sabes qué hacer o a quién acudir?
Podemos analizar tu asunto y sugerirte alternativas para tu defensa
Elaboración de quejas y denuncias en contra de servidores públicos
¿Deseas presentar una denuncia en contra de un servidor público, pero no sabes cómo y ante quién?
¿Sabías además que tu denuncia puede ser anónima?
En ocasiones por desconocimiento
dejamos pasar conductas de servidores públicos y ex servidores públicos que pueden llegar a constituir una presunta responsabilidad administrativa, por ejemplo:
- “Fui a hacer mi trámite, pero el servidor público que me atendió no hizo su trabajo por estar desayunando, platicando o hablando por teléfono”
- “Me trató mal y me faltó al respeto”
- “El servidor público me dijo que si sabía quién era y quién lo respaldaba”
- “La información que proporcioné fue utilizada indebidamente”
- “El servidor público me exigió un beneficio adicional a su sueldo”
- “El fin de semana me percaté que el servidor público pasea a su familia en el vehículo oficial”
- “Mi colonia salió beneficiada con una obra, pero no se hizo y ayer me enteré por las noticias que la inauguraron”
- “El de obras públicas está regalando material del ayuntamiento a sus amigos, conocidos y familiares”
- “Los trabajadores del estado fueron a arreglar la fachada de la casa de la mamá del Director”
- “El contrato se lo dieron a su primo”
- “Ese servidor público tiene trabajando a toda su familia en gobierno”
- “Mi trámite no avanza, estoy segura que ese servidor público lo está retrasando por otro que así se lo pidió”
- Ahora bien, ya conoces algunos supuestos que puedes denunciar, pero ¿cómo se elabora y ante quién se presenta esa denuncia?
Debes saber que toda denuncia tiene requisitos de fondo y de forma y debe contener datos o indicios que permitan advertir la presunta responsabilidad administrativa del o los servidores públicos o ex servidores públicos, recuerda que las pruebas son muy importantes (Testigos, videos, grabaciones, documentos, etc.).
podemos orientarte para elaborar y presentar una denuncia
Contestación a quejas y denuncias interpuestas en contra de servidores públicos
Eres abogado, pasante en derecho, servidor público o ex servidor público y tienes medios para substanciar un procedimiento de responsabilidad administrativa, pero por la razón que impere, lo único que te ocupa en este momento es que se dé contestación a una queja o denuncia administrativa.
Juicios de Nulidad en contra de resoluciones, actos administrativos y procedimientos
¿Deseas promover un juicio de nulidad en contra la resolución definitiva por la que se te impuso una sanción administrativa?
Podemos analizar tu asunto y sugerirte alternativas para tu defensa
Medios de impugnación, inconformidad, Revocación, Reclamación, Revisión, Apelación
¿Eres servidor o ex servidor público, te iniciaron un procedimiento de responsabilidad administrativa por faltas NO GRAVES, resolvieron en tu contra y estás inconforme con dicha determinación?
¡¡Sólo tienes 15 días hábiles para que interpongas este recurso!!
podemos orientarte para elaborar y presentar una denuncia
Análisis y contestación a requerimientos e informes solicitados por autoridades administrativas
¿Eres una persona física o moral a la que le realizaron un requerimiento de información o documentación relacionada con la comisión de faltas administrativas contenidas en la Ley General de Responsabilidades administrativas, para el esclarecimiento de hechos?
Antes de dar contestación debes cerciorarte de que dicho requerimiento está debidamente fundado (Contiene preceptos legales o artículos de los que se desprende la facultad del servidor público para realizar el requerimiento) y motivado (razonamientos lógico–jurídicos de los que se desprenda la necesidad de la autoridad investigadora de obtener dicha información y documentación para esclarecer la comisión de faltas administrativas)
Ahora bien, ¿cuánto tiempo tienes para la atención de dicho requerimiento?
La Autoridad investigadora te otorgará un plazo de cinco hasta quince días hábiles, sin perjuicio de poder ampliarlo por causas debidamente justificadas, cuando así lo solicites, sin que, esta ampliación exceda de la mitad del plazo previsto originalmente.
¿Qué sucederá si no atiendes un requerimiento de autoridad investigadora?
De conformidad con el artículo 97 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dichas autoridades podrán hacer uso de las siguientes medidas:
- Multa hasta por la cantidad equivalente de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la cual podrá duplicarse o triplicarse en cada ocasión, hasta alcanzar dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, en caso de renuencia al cumplimiento del mandato respectivo;
- Solicitar el auxilio de la fuerza pública de cualquier orden de gobierno, los que deberán de atender de inmediato el requerimiento de la autoridad, o
- Arresto hasta por treinta y seis horas.
Podemos ayudarte analizando y dando contestación a esos requerimientos
Asesoría para elaboración, análisis o solventación de observaciones derivadas de Auditorías realizadas por entes fiscalizadores
¿Qué es una auditoría y de dónde surgen las observaciones realizadas por los entes fiscalizadores?
De acuerdo a la Ley de la materia, el término auditoría, se refiere a un proceso sistemático en el que de manera objetiva se obtiene y se evalúa evidencia para determinar si las acciones llevadas a cabo por los entes sujetos a revisión se realizaron de conformidad con la normatividad establecida o con base en principios que aseguren una gestión pública adecuada.
En este sentido, la palabra auditoría se adminicula con “control”, “rendición de cuentas” y “transparencia”, materializándose en la integración de informes que contienen cada una de las observaciones que derivaron de las mismas, para lo cual se les otorga a los entes fiscalizados un plazo para su solventación, es decir, para comprobar, justificar o bien, realizar las acciones contenidas en el documento, sin embargo, es de advertirse que el ente fiscalizador tiene la obligación de fundamentar y motivar el contenido del mismo, así como precisar la forma en que habrán de solventarse las observaciones, de lo contrario se genera confusión y el objeto de la auditoría se pierde o se aplaza desmesuradamente.
Así también, por lo que corresponde al ente fiscalizado, una vez que le han sido notificados los resultados de las auditorías que incluyen los requerimientos para la solventación de observaciones, deberá ocuparse en analizar si las observaciones contienen los requisitos de fondo y forma necesarios para proceder a su solventación en los plazos establecidos, por otra parte, es de señalar que si las observaciones son precisas en su contenido, es de esa forma en la que deberán solventarse, evitando por ejemplo, pretender solventar con documentación no analizada, parcial, ilegible, etc, y que además, no guarde relación o que sea distinta a la solicitada, generando para el ente fiscalizador un estudio engorroso, que al final sólo obstaculizará el objeto de la auditoría para ambas partes, trayendo consigo, en el mejor de los casos, demora en la solventación de observaciones y en el peor, inicios de procedimientos de responsabilidad y hasta cancelación de recursos públicos.
En esto último radica la importancia de contar con una adecuada asesoría tanto para elaborar, analizar o solventar las observaciones derivadas de las auditorías. Nosotros podemos ayudarte.
Asesoría a los tres órdenes de Gobierno
Brindamos asesoría jurídica a los tres órdenes de gobierno en los siguientes ámbitos:
Análisis de documentación e integración de Informes de Presunta Responsabilidad Administrativa, mismos que de conformidad con la Ley de la materia, es el instrumento en el que las autoridades investigadoras describen los hechos relacionados con alguna de las faltas señaladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas en contra de un servidor público, ex servidor público o particular, que contiene requisitos de forma y fondo, así como una relación sucinta de las pruebas que se adjuntarán al mismo para sustentar y probar los hechos que se mencionan.
Análisis de expedientes de presunta responsabilidad administrativa y elaboración de resoluciones administrativas en contra de servidores públicos, ex servidores públicos o particulares.
Análisis y elaboración de resoluciones interlocutorias de prescripción, caducidad, conexidad, litispendencia, acumulación, competencia, nulidad de emplazamiento
Elaboración de contestación a demandas – Juicio Contencioso Administrativo o Juicio de nulidad, promovidas por servidores públicos o particulares en contra de una resolución derivada de un procedimiento de responsabilidad administrativa.
Elaboración de Resoluciones en cumplimiento de sentencias definitivas dictadas en Juicio Contencioso Administrativo o también conocido como Juicio de Nulidad.