6.- Principio de legalidad

En la Enciclopedia jurídica, se señala que el principio de legalidad es aquel que rige todas las actuaciones de las Administraciones públicas sometiéndolas a la ley y al Derecho.

Así también, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, precisa que: “Las autoridades deben sujetar su actuación a lo dispuesto legalmente, por lo que no pueden proceder de manera arbitraria o abusiva, ya que están obligadas a respetar lo previsto en la Constitución y en las leyes. Por eso, la autoridad, ya sea legislativa, administrativa o judicial, únicamente puede ejercer las atribuciones o realizar aquellas actividades que expresamente permita u ordene la ley”.

Como puedes advertir, todo acto que emitan las autoridades debe estar contenido y ajustado a la ley, a diferencia de los particulares, quienes podemos hacer todo aquello que no esté prohibido por la ley.

En relación a esto, traigo a colación dos principios generales del derecho que indican:

 

“Todo ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción y no a la voluntad de las personas”

“Para todos los gobernados, todo lo que no está prohibido está permitido”

Por lo que, si eres o pretendes ser servidor público, es importante que conozcas la diferencia entre arbitrariedad y discrecionalidad, temas de los cuales escribiré más adelante.

¡Espero haber contribuido en tu aprendizaje, escríbeme si tienes algún comentario!

Nos leemos pronto…